Familiares de ciudadanos de la UE

¿De quién se trata?

 

Sólo algunos miembros de la llamada familia "nuclear" se consideran "miembros de la familia". 

 

- El cónyuge o pareja de hecho equivalente de un ciudadano de la UE.

- La pareja a la que el ciudadano de la UE está vinculado por una unión registrada con arreglo a una ley (convivencia legal, PACS, etc...) mayor de 21 años.

- Los descendientes del ciudadano de la UE o de su cónyuge o pareja que sean menores de 21 años o estén a su cargo, siempre que el progenitor tenga el derecho de custodia y, en caso de custodia compartida, siempre que el otro titular del derecho de custodia haya dado su conformidad. 

- Ascendientes de ciudadanos de la UE no belgas o sus cónyuges o parejas que estén a su cargo, salvo los ascendientes de ciudadanos de la UE que sean estudiantes.

 

Estas personas, siempre que puedan demostrar sus vínculos familiares y la ciudadanía del ciudadano de la UE, pueden entrar en territorio belga y permanecer un máximo de tres meses de cada seis para acompañar a su familiar ciudadano de la UE o reunirse con él. Deben declarar su llegada a las autoridades municipales de su lugar de residencia en Bélgica. 

 

Aplicación 

 

Para instalarse en Bélgica durante más de tres meses con su familiar ciudadano de la UE, estos nacionales deben, en principio, presentar una solicitud en el consulado o embajada belga de su país de residencia autorizado (solicitud de visado D). 

 

Si ya se encuentran en Bélgica, pueden presentar la solicitud ante la autoridad local de su lugar de residencia.

 

Consulte el sitio web de ADDE (www.adde.be) o la Oficina de Extranjeros (https://dofi.ibz.be)

 

Documentos que deben presentarse

 

En apoyo de una solicitud de residencia de más de tres meses, los familiares de ciudadanos de la UE deben presentar en los tres meses siguientes a su solicitud :

 

- Pasaporte o documento de identidad válido o no válido

- El certificado de registro de ciudadano de la Unión

- Prueba del derecho de custodia sobre los descendientes menores de edad o acuerdo del otro progenitor

- Para los descendientes mayores de 21 años, prueba de que están a su cargo y de que tienen un seguro de enfermedad.

- Para los ascendientes de un ciudadano de la UE, prueba de que están a su cargo y prueba de medios de subsistencia estables, regulares y suficientes, así como seguro de enfermedad.

- Para el descendiente de un ciudadano de la Unión que sea estudiante, prueba de que está a su cargo

- Prueba de recursos suficientes y seguro de enfermedad

- La mayoría de los documentos de estado civil extranjeros (partidas de nacimiento, certificados de matrimonio, etc.) deben traducirse a una de las lenguas nacionales belgas y legalizarse primero por las autoridades nacionales competentes y después por la embajada belga.

 

Consultar la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores www.diplomatie.be 

 

Permisos de residencia 

 

Tan pronto como se presente la solicitud con la prueba de la pertenencia a la familia de un ciudadano de la Unión, la administración municipal deberá expedir un anexo 19ter (derecho de residencia temporal). Una vez presentados los documentos requeridos, la administración municipal realiza un control de residencia y expide un Certificado de registro válido durante seis meses y, a continuación, remite el expediente a la Oficina de Extranjeros, que debe tomar una decisión lo antes posible y, a más tardar, en un plazo de seis meses a partir de la emisión del anexo 19ter. Si la OE no ha tomado ninguna decisión en este plazo o si la decisión es positiva, la administración municipal debe emitir un tarjeta de residencia para familiares de ciudadanos de la Unión (Anexo 9, Mapa F). 

 

En caso de denegación, con o sin orden de abandonar el territorio, la administración municipal debe dictar una resolución escrita y motivada, que puede impugnarse ante el Conseil du contentieux des Etrangers, con la asistencia de un abogado especializado en asuntos de residencia.

 

 

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